lunes, 3 de agosto de 2009

CONTROL DE MEDIOS - ES POSIBLE?

INTRODUCCION:

• Chiavenato: El control es una función administrativa: es la fase del proceso administrativo que mide y evalúa el desempeño y toma la acción correctiva cuando se necesita. De este modo, el control es un proceso esencialmente regulador.

También hay otras connotaciones para la palabra control:

• Comprobar o verificar;
• Regular;
• Comparar con un patrón;
• Ejercer autoridad sobre alguien (dirigir o mandar);
• Frenar o impedir.

Es necesario destacar la vital importancia que hoy en día tienen los medios de comunicación a lo cual me surgen algunos interrogantes: ¿Hubiese renunciado Miguel Juárez Celman (PAN) en 1890 si acaso hubiesen existido medios masivos de comunicación que hoy existen o hubiese logrado una segunda presidencia?, ¿Acaso hubiesen sido depuestos de sus cargos de Presidente de la Nación los Dres. Illia y Frondizi si los medios de comunicación en aquel entonces hubiesen transmitido a la sociedad los avances económicos logrados por sus gestiones en lugar de avocarse a desprestigiarlos y hacer conjeturas o caricaturas que nada tenían que ver con la realidad económica?
A mi entender los medios de comunicación cumplen un rol fundamental como factor de poder frente a la sociedad y ese rol debe ser desarrollado con la responsabilidad institucional que la función merece, pero, ¿cuál sería la solución entonces? Podríamos controlarlos desde el Estado, controlar su funcionamiento, controlar que pueden difundir y que no, crear un organismo oficial que seleccione la información que sería perjudicial para la vida institucional de la Nación y la que ayudara a una formación de opinión independiente en la ciudadanía. ¿Y si el Estado se excede en ese control y lo termina convirtiendo en un elemento a fin a sus intereses? Lo cierto es que estamos caminando por una línea muy delgada y difícil de vislumbrar aun.

DEFINICION DE CONTROL
Evidentemente todas esas definiciones expresadas anteriormente representan concepciones incompletas del control, quizás definidas en un modo subjetivo y de aplicación; en definitiva, debe entenderse el control como:
Una función administrativa, ya que conforma parte del proceso de administración, que permite verificar, constatar, palpar, medir, si la actividad, proceso, unidad, elemento o sistema seleccionado está cumpliendo y/o alcanzando o no los resultados que se esperan.
 Elementos del control
El control es un proceso cíclico y repetitivo. Está compuesto de elementos que se suceden unos a otros:
Establecimiento de estándares: Es la primera etapa del control, que establece los estándares o criterios de evaluación o comparación. Un estándar es una norma o un criterio que sirve de base para la evaluación o comparación de alguna cosa.

LA LIBERTAD Y EL CONTROL DE LA PRENSA
Para que un gobierno constitucional -"el gobierno de las leyes y no el de hombres"- sea una realidad y no una ficción, la libertad efectiva de la prensa en cualesquiera de sus formas, debe de estar presente incuestionablemente como requisito indispensable.
He aquí una de las bases necesaria y permanente, no ya de toda constitución republicana, como la nuestra, sino de todo tipo de organización política, aún cuando se trate de regimenes autocráticos consentidos por los pueblos o impuestos por una voluntad personal prepotente.
La falta de libertad y control de la prensa caracteriza de modo inconfundible un momento histórico como el más desventurado y peligroso para todo pueblo donde ello suceda; porque entonces, los derechos individuales y la responsabilidades de los gobernantes quedan a merced del poder que tengan más osadía e instrumentos de coerción en sus manos para subordinar a su capricho todo orden social.
Es así por lo cual, Mariano Moreno, el inmortal animador de la gesta de mayo, adoptó como lema de la Gaceta de Buenos Aires el concepto profundo de Tácito; y, es por lo mismo, que en su primer tirada escribió: "(...) El pueblo tiene derecho a saber la conducta de sus representantes y el honor de éstos se interesa de que todos conozcan la execración con que miran aquellas reservas y misterios inventados por el poder para cubrir los delitos (...)"; asimismo, todo ello se ve reflejado en la primera sanción nacional de libertad de prensa del 20 de abril de 1811, donde se fundamenta la facultad individual de los ciudadanos de hacer conocer sus pensamientos e ideas políticas, sirviendo de esta forma de control a gobernantes y de ilustración nacional, único camino para llegar al conocimiento de la opinión pública.
Un gobierno constitucional es imposible sin la libertad y el control de la prensa. Esta ha sido justamente considerada como un cuarto poder del Estado, y cabe admitir que, si no lo es, por lo menos ha de mirársela como una de sus instituciones esenciales. Tal cosa es la prensa en nuestra jurisprudencia constitucional, y, esta llamada a desempeñar esa alta misión social de cultura cívica, de defensa de las instituciones políticas, de crítica imparcial a la conducta pública de los gobernantes y de preservación de los intereses fundamentales del país, la prensa ejerce así su nobilísimo ministerio, cooperando con notable eficiencia en el progreso y en la grandeza de la Nación toda.
PRENSA Y CONTROL DE CONTENIDOS
Todo esto lleva a pensar que el control es un mecanismo que permite corregir desviaciones a través de indicadores cualitativos y cuantitativos dentro de un contexto social amplio, a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos claves y así evitar desviaciones en el funcionamiento del sistema que lleven a errores cuya reparación no sería suficiente, o mejor dicho, errores que podrían haber sido evitados.
LA IMPORTANCIA EN LA PRESERVACION DE LA LIBERTAD DE PRENSA Y EL CONTROL POLITICO EN LA ACTUALIDAD
La libertad de prensa es una de las reglas constitutivas de las sociedades democráticas, ya que permite la circulación de informaciones, la expresión de opiniones y, con ello, el desarrollo de la conciencia ciudadana. Por el contrario, el rasgo definitorio de las sociedades cerradas y autoritarias es la prohibición de esta libertad básica y, como su correlato, el establecimiento de mecanismos de control y censura que condicionan la búsqueda de información y restringen la expresión de críticas. Por esto, la preservación de la libertad de prensa presenta una importancia que excede la coyuntura o el tratamiento puntual de un tema y se liga al modelo de sociedad constitucionalmente previsto.

Si el poder político disiente del tratamiento que un medio le brindó a una problemática -hecho ciertamente común en las sociedades modernas-, cuenta con la posibilidad de informar más, expresar sus opiniones y brindar entrevistas o conferencias de prensa para exponer sus razones y elementos de prueba. Pero ninguna de estas prácticas sale del juego democrático que asigna funciones a los gobernantes y conforma la esfera pública básicamente a través de las libertades de prensa y expresión.
En cambio, algunas de las reacciones del Gobierno sobre el tratamiento periodístico del conflicto con el sector agropecuario alcanzaron un rango de imprudencia. Luego de su discurso en la Plaza de Mayo, la Presidenta volvió a formular expresiones críticas hacia el periodismo al recibir un informe elaborado por miembros de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA, centrado en la crítica a la objetividad de la información y en las narrativas utilizadas por los medios. En concreto, la Primera Mandataria señaló que "hay una prohibición decretada desde algún lugar" que lleva a que no se comuniquen buenas noticias, mientras que, por su lado, el decano de la referida facultad impulsó, con apoyo oficial, que la actividad del Observatorio de la Discriminación asumiera una labor más firme sobre el control de la información de los medios.
El clima conformado por estas expresiones despertó el fantasma de intentos de condicionamientos a la libertad de prensa. Cualquiera sea la modalidad de restricción, ella afectaría a una libertad prioritaria de la Constitución y afectaría el desenvolvimiento de la esfera pública, lo cual lleva, entonces, a que causen preocupación y rechazo.
La práctica de las libertades de prensa y de expresión no puede reducirse a la presentación de narrativas arbitrarias, como se deriva del informe entregado a la Presidenta. A través de las informaciones disponibles y las opiniones recolectadas, los medios llegan a sus lectores y, en general, receptores, con los cuales se cultiva una relación de credibilidad a través de verificaciones cotidianas y lazos de confianza abonados a lo largo de décadas. Un medio no puede persistir negando o tergiversar acciones o sucesos, aunque sea cierto -y esto permite la confrontación de ideas- que la interpretación de los mismos suele ser múltiple y a veces inagotable, lo cual no hace más que enriquecer el debate público.
La prensa debe observar a la sociedad y a sus representantes e informar del modo más amplio posible. Por su lado, el poder político debe respetar la libertad de prensa, sin que haya análisis académico capaz de legitimar restricciones a la labor periodística, ya que de ese modo se afectaría el acceso a la información y a la formulación de opiniones de la ciudadanía. La madurez de un orden político en gran medida se ejemplifica en el vínculo que mantienen las autoridades con la prensa. Es de esperar, entonces, que el enriquecimiento de la cultura democrática se refleje en un mayor respeto a las libertades de prensa y de expresión.
Las críticas del Gobierno a la prensa y el impulso de un Observatorio destinado a vigilar la actividad de los medios despiertan preocupación. En las sociedades democráticas, las libertades de prensa y expresión son la condición de existencia de una esfera pública adulta, con capacidad para acceder a la información y formar y expresar opiniones.
LA JURISPRUDENCIA Y EL AVANCE DE LA DOCTRINA EN NUESTRO PAIS

A través de diferentes fallos la Corte se ha expresado respecto de la libertad de prensa; ya sea en los votos mayoritarios como en los de la minoría disidente dependiendo del gobierno y el contexto en el que se desarrollaron los hechos .

En “Verbitsky, Horacio y otros, s/denuncia apología del crimen", del 13 de junio de 1989, como consecuencia de que se había prohibido la publicación de una solicitada, dijo que las garantías que rodean el derecho de prensa impiden a las autoridades públicas controlar las ideas antes de su impresión, así como toda acción u omisión que restrinja la publicación y la circulación de la prensa. Agregó que elevado el derecho de prensa a la categoría de un derecho individual autónomo, la Constitución Nacional garantiza su ejercicio sin censura previa con el objeto de impedir la intromisión arbitraria del Estado en el proceso de la publicación de la palabra impresa. De ahí que la censura previa dispuesta por orden judicial vulnera la garantía constitucional que protege el derecho de publicar las ideas. También definió el área irrestricta e incoercible de la censura previa, sólo excepcionalmente limitada ante situaciones de emergencia nacional (art. 23 de la Constitución Nacional), que impide la intromisión de las autoridades públicas, debiendo reconocerse como regla que cualquier restricción o censura previa tiene una fuerte presunción de inconstitucionalidad (voto en disidencia del Juez Fayt).
En “Servini de Cubría María Romilda s/ Amparo” la Corte sienta un importante precedente acerca de la libertad de expresión sin censura previa, incorporando en la doctrina los preceptos establecidos en el Art. 13 del Pacto de San José de Costa Rica: “1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir, y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. 2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley, y ser necesarias para asegurar: a) el respeto a los derechos o la reputación de los demás; b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la moral públicas.”

PRINCIPIOS ADOPTADOS POR LA DECLARACIÓN DE CHAPULTEPEC. CONFERENCIA HEMISFÉRICA SOBRE LIBERTAD DE EXPRESIÓN CELEBRADA EN MÉXICO, D.F., EL 11 DE MARZO DE 1994

Una prensa libre es condición fundamental para que las sociedades resuelvan sus conflictos, promuevan el bienestar y protejan su libertad. No debe existir ninguna ley o acto de poder que coarte la libertad de expresión o de prensa, cualquiera sea el medio de comunicación.
Porque tenemos plena conciencia de esta realidad, la sentimos con profunda convicción y estamos firmemente comprometidos con la libertad, suscribimos esta Declaración, con los siguientes principios:

1. No hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. El ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades; es un derecho inalienable del pueblo.

2. Toda persona tiene el derecho a buscar y recibir información, expresar opiniones y divulgarlas libremente. Nadie puede restringir o negar estos derechos.

3. Las autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada por el sector público. No podrá obligarse a ningún periodista a revelar sus fuentes de información.

4. El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad.

5. La censura previa, las restricciones a la circulación de los medios o a la divulgación de sus mensajes, la imposición arbitraria de información, la creación de obstáculos al libre flujo informativo y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas, se oponen directamente a la libertad de prensa.

6. Los medios de comunicación y los periodistas no deben ser objeto de discriminaciones o favores en razón de lo que escriban o digan.

7. Las políticas arancelarias y cambiarias, las licencias para la importación de papel o equipo periodístico, el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión y la concesión o supresión de publicidad estatal, no deben aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas.

8. El carácter colegiado de periodistas, su incorporación a asociaciones profesionales o gremiales y la afiliación de los medios de comunicación a cámaras empresariales, deben ser estrictamente voluntarios.

9. La credibilidad de la prensa está ligada al compromiso con la verdad, a la búsqueda de precisión, imparcialidad y equidad, y a la clara diferenciación entre los mensajes periodísticos y los comerciales. El logro de estos fines y la observancia de los valores éticos y profesionales no deben ser impuestos. Son responsabilidad exclusiva de periodistas y medios. En una sociedad libre la opinión pública premia o castiga.

10. Ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público.

La lucha por la libertad de expresión y de prensa, por cualquier medio, no es tarea de un día; es afán permanente.
Se trata de una causa esencial para la democracia y la civilización en nuestro hemisferio.
No sólo es baluarte y antídoto contra todo abuso de autoridad: es el aliento cívico de una sociedad.
Defenderla día a día es honrar a nuestra historia y dominar nuestro destino.
Nos comprometemos con estos principios.

CONCLUSIÓN

Es muy difícil agregar algo a lo anteriormente expuesto que ya que surge con indiscutible claridad que para el correcto funcionamiento de un sistema democrático la libertad de expresión y la prohibición de la censura son elementos fundamentales, pero cuando digo correcto no quiero decir perfecto porque para alcanzar la perfección deberíamos prescindir de la existencia del hombre; la democracia es un sistema y como todos los sistemas tiene defectos y fallas es su proceso de retroalimentación, esas fallas se producen continua y naturalmente a medida que se va dando el proceso de evolución, van surgiendo nuevos conceptos, nuevas formas, nuevas ideas, nuevos preceptos que hacen a una metamorfosis lógica y no tan lógica por momentos. Como dije cuando comencé la exposición, al analizar cada hecho en particular que se da a través de la historia y la evolución de las sociedades si cambiamos alguna circunstancia podríamos hacer que esas realidades sean diferentes, tal vez más perfectas, tal vez mejores y más productivas, pero eso no lo podemos saber, es por ello que debemos aplicar los elementos menos nocivos para el sistema por más imperfectos y criticables que sean, porque esa es la única forma que tenemos de garantizarnos el mejor funcionamiento de la democracia. Si encarceláramos a todos los potenciales delincuentes, si matáramos a todos los posibles terroristas, si desterráramos a todos los posibles narcotraficantes, si censuráramos todas las posibles ideas nocivas para la sociedad de acuerdo al tiempo en que vivimos seguramente formaríamos una sociedad mejor, más pura desde el punto de vista de la perfección absoluta pero a la vez estaríamos perdiendo la libertad que es uno de los valores más profundos que nos costó conseguir.
Sólo mediante la libre expresión y circulación de ideas, la búsqueda y difusión de informaciones, la posibilidad de indagar y cuestionar, de exponer y reaccionar, de coincidir y discrepar, de dialogar y confrontar, de publicar y transmitir, es posible mantener una sociedad libre. Sólo mediante la práctica de estos principios será posible garantizar a los ciudadanos y grupos su derecho a recibir información imparcial y oportuna. Sólo mediante la discusión abierta y la información sin barreras será posible buscar respuestas a los grandes problemas colectivos, crear consensos, permitir que el desarrollo beneficie a todos los sectores, ejercer la justicia social y avanzar en el logro de la equidad. Por esto, rechazamos con vehemencia a quienes postulan que libertad y progreso, libertad y orden, libertad y estabilidad, libertad y justicia, libertad y gobernabilidad, son valores contrapuestos.
Sin libertad no puede haber verdadero orden, estabilidad y justicia. Y sin libertad de expresión no puede haber libertad. La libertad de expresión y de búsqueda, difusión y recepción de informaciones sólo podrá ser ejercida si existe libertad de prensa.


Emmanuel Terrón

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